La CCE en la sentencia No. 74-15-IN/20 establece que la declaratoria de inconstitucionalidad es una alternativa de última ratio, a la cual se recurre únicamente cuando por vía interpretativa no sea posible la adecuación del acto normativo impugnado al ordenamiento constitucional.
Este proceso no se concentra en atender la presunta violación individual, sino que busca la satisfacción de un interés general, esto es que las normas guarden armonía con el orden constitucional.